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El Congreso aprueba la esperada REFORMA DEL DERECHO DE INSOLVENCIAS
06 de septiembre de 2022

El pasado jueves, 25 de agosto, el Congreso de los Diputados, en un Pleno extraordinario, aprobó finalmente la reforma concursal, publicada en el BOE de hoy día 6 de septiembre, y que por tanto entrará en vigor el próximo 26 de septiembre.


Esta reforma del derecho de insolvencia, culmina con la transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva (UE) 2019/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones.


Los sistemas de insolvencia tienen como finalidad económica procurar una reasignación eficiente de los recursos productivos. En el caso de actividades económicamente viables, pero con dificultades financieras, estos procedimientos tratan de facilitar reestructuraciones del pasivo que garanticen a la vez los derechos de los acreedores y la continuidad de la empresa.


En el caso de actividades inviables, el procedimiento trata de extraer el mayor valor de los activos para devolver a los acreedores el mayor porcentaje de sus créditos, siguiendo un orden de prelación.


Cuando el deudor insolvente es una persona física, el concurso pretende identificar a los deudores de buena fe y ofrecerles una exoneración parcial de su pasivo insatisfecho que les permita beneficiarse de una segunda oportunidad, evitando su paso a la economía sumergida o a una situación de marginalidad.


Laura Pedreño

Abogado y Economista

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